Orígenes de los recursos procesales. El sistema de instancia única, tras la reforma constitucional argentina de 1994: el caso del proceso civil riojano.

Autores/as

  • Alejandro Alberto Moriconi Universidad Nacional de La Rioja

Palabras clave:

Constitución Nacional, Sentencia, Impugnación judicial

Resumen

La presente ponencia, basada en un estudio cualitativo, de tipo descriptivo y cuyos instrumentos de recolección de datos han estado centrados en la Observación no participante, busca introducir al lector en el origen de los Recursos Procesales para posteriormente conducirlo en el marco de la legislación argentina, al órgano Jurisdiccional Judicial de la Provincia de la Rioja con la intención de observar sus medios de impugnación en un Sistema de Instancia Única.El Sistema de Instancia Única en el Proceso Civil Riojano3 constituye un modelo jurídico que contrasta con el Proceso Civil de la Nación Argentina y que obliga a formular el siguiente interrogante: ¿Se corresponde el Sistema de Instancia Única con las garantías recursivas a las que adhirió nuestra Constitución Nacional tras su reforma en el año 1994?; de ser así, ¿Qué razones jurídicas nos condujo a suprimir el Recurso Ordinario de Apelación como doble instancia procesal e introducir en su reemplazo el Recurso Extraordinario de Casación?En la actualidad, nuestro ordenamiento jurídico no se agota en la Constitución Nacional, ya que el ápice de su estructura normativa conforma un nuevo bloque o plataforma de derechos que van más allá de sus componentes dogmáticos (Art. 1 al 43) y orgánicos (Art. 44 al 129), habilitando la competencia y el ejercicio de innumerables tratados internacionales de jerarquía constitucional, superior a las leyes.AbstractThis paper, based on a qualitative, descriptive and whose instruments of data collection have been focused on the non-participant observation, seeks to introduce the reader to the origin of Court Resources and later driving under Argentina law , the Judicial court of the Province of La Rioja with the intention to observe its legal remedies in a Single System Instance.Single Instance System in the Civil Process is a legal model Riojano contrast to the Civil Procedure of Argentina and that undertakes to declare the following question: Corresponds Single Instance System with recursive guarantees that joined our Constitution after its reform in 1994?, and if so, what legal reasons led us to suppress the ordinary appeal as a second court proceedings and introduce in its place the special appeal?At present, our legal system does not end with the Constitution, as the apex of its regulatory structure forms a new block or platform of rights that go beyond dogmatic components (Art. 1 to 43) and organic (Art. 44 to 129) intrinsic, enabling competition and the countless international treaties constitutional hierarchy, above the law.Key words: National Constitution; Sentence; Judicial challenge

Biografía del autor/a

Alejandro Alberto Moriconi, Universidad Nacional de La Rioja

Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas. Abogado – Mediador. Doctorando en RRII (UNR). Profesor Investigador del Instituto para el desarrollo de la Inteligencia y la Comprensividad Social del CICYT UNLaR. Profesor Adjunto de la Materia Introducción alDerecho (UNLaR). Ex Miembro de la Sociedad Internacional de Derecho Militar y Derecho de la Guerra.

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Publicado

2016-07-15

Número

Sección

Artículos