Personas jurídicas de carácter público en el derecho internacional privado.

Autores/as

  • Lucía Loudes Vicentini Universidad Nacional de La Rioja

Palabras clave:

Estados extranjeros, Personalidad, Actuación, Gestión comercial, Jurisprudencia, Convenios Internacionales

Resumen

Los Estados soberanos del mundo son con moderna terminología y en el derecho argentino, calificados como personas de derecho público. Estos además de las relaciones diplomáticas que el Derecho Internacional Público impone en sus relaciones con los demás, actúa a nivel de “Ius gestionis” no sólo en la jurisdicción de sus Estados sino en la esfera y jurisdicción negocial de otros Estados, en relaciones que el Derecho Internacional Privado trata como personalidad fuera del propio territorio. Así se comportan como entidades particulares, lo que plantea problemas de su capacidad y la de validez de ciertos actos, la comparencia ante tribunales, activa y pasivamente etc. Algunos convenios internacionales resuelven, aunque fragmentariamente, estos problemas. La jurisprudencia argentina también, pero a través de casos que han mostrado en un primer momento ciertas contradicciones. Hoy parecería la cuestión, según concluye este trabajo, definitivamente aclarada. Igual tema plantea la “Iglesia Católica Apostólica Romana”, que en la Argentina sigue siendo una persona jurídica de carácter público.AbstractThe sovereign foreign state of the world, with modern terminology are in the Argentine law claim qualified like public law persons. Those besides have diplomatic relations that international law impose in their relations, with the others to move at “Ius gestionis” level, not in yours jurisdiction if not at the business relations in another foreign countries private international law facts deals like personality out owner land. So, they to bear like particular subject and these to leave capacity problems and the validity about some fact of to appear before a judge in active and passive form, etc. Some international conventions resolve these problems but, fragmentary form. The argentine jurisprudence also, but, to go through, some cases that had show in a first moment certain contradictions. For the conclusion of these article, problem to day seem definitive to explain. The same theme to plants the “Roman Catholic Church” that in Argentine continue to be yet a law person of character public order.Key words: Foreign Status; Personality; Action; Private management; Jurisprudence case; International convention

Biografía del autor/a

Lucía Loudes Vicentini, Universidad Nacional de La Rioja

Abogada. Profesora de Derecho Internacional Privado en la Universidad Nacional de La Rioja, Profesora adjunta de Derecho de la Navegación en las Universidades Nacionales de La Rioja y de Córdoba, Publicista, Coordinadora académica en la Sala de Estudios de Derechito de la Navegación y Comercio Exterior del Colegio de Abogados de Córdoba).

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Publicado

2016-07-15

Número

Sección

Artículos